Con el objetivo de evitar la violencia patrimonial, sexual, económica y contra los derechos reproductivos, tanto de hombres, como mujeres, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó las reformas al Código Penal y el Código de Procedimientos Penales para homologar la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia.
Las reformas protegen a las mujeres de cualquier tipo de violencia, sin embargo con las reformas también protegen a los hombres de las agresiones de cualquier tipo, por lo que ahora las mujeres "golpeadoras" también serán castigadas con cárcel.
Los hombres podrán denunciar maltrato por parte de su pareja, por lo que el MP estará obligado a detener hasta por 48 horas a las agresoras, a quienes se les negará el beneficio de libertad condicional.
El nuevo documento indica que ahora cualquier persona puede denunciar la agresión de una mujer y de un hombre.
Actualmente el Código Penal sólo incluía la violencia física y emocional como un delito, sin embargo, ahora también se reconoce la violencia patrimonial, sexual, económica y contra los derechos reproductivos. Tanto de hombres, como de mujeres.
En el caso de que la violencia se ejerza contra menores de edad, personas discapacitadas, mayores de 60 años, si participan dos o más personas o con un arma, si deja cicatriz permanente, si hay antecedentes de violencia o imposibilidad de la víctima para denunciar, el delito se perseguirá de oficio, es decir, que aunque se quiera otorgar el perdón por parte de la víctima, el proceso penal seguirá hasta que haya justicia.
http://www.barrio.com.mx/nota12629.html
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